SITUADO CONSTITUCIONAL
¿Qué es el Situado Constitucional?
Aporte que reciben las municipalidades anualmente; el mismo lo indica la Constitución Política de la República de Guatemala y es distribuido según lo establece el Código Municipal.
¿Cuál es su finalidad?
Destinar por lo menos un noventa por ciento del porcentaje para programas y proyectos de educación, salud preventiva, obras de infraestructura y servicios públicos que mejoren la calidad de vida de los habitantes; el otro diez por ciento restante, podrá ser utilizado para financiar gastos de funcionamiento.
![educacion](https://portal.segeplan.gob.gt/segeplan/wp-content/uploads/2022/08/educacion.png)
Educación
![salud](https://portal.segeplan.gob.gt/segeplan/wp-content/uploads/2022/08/salud.png)
Salud preventiva
![obra](https://portal.segeplan.gob.gt/segeplan/wp-content/uploads/2022/08/obra.png)
Obra de infraestructura
Servicios Públicos
![gastos](https://portal.segeplan.gob.gt/segeplan/wp-content/uploads/2022/08/gastos.png)
Gastos de Funcionamientos
¿Cuáles son los criterios de distribución para el cálculo matemático?
![](https://portal.segeplan.gob.gt/segeplan/wp-content/uploads/2022/08/image.png)
– 30% distribuido proporcionalmente a la población total de cada municipio.
– 35% distribuido en partes iguales a todas las municipalidades.
– 25% distribuido proporcionalmente a los ingresos propios por cápita de cada municipio.
– 10% distribuido directamente proporcional al número de aldeas y caseríos
Linea de Tiempo
![Linea de tiempo](https://portal.segeplan.gob.gt/segeplan/wp-content/uploads/2022/08/grafica1.png)